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Seguro de Caución por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva

Una garantía para cuidar el medio ambiente.

¿Qué exige la Ley de Política Ambiental?

En su art. 22 expresa que "Toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, deberá contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir".

¿Qué son los Daños Ambientales de Incidencia Colectiva?

Se entiende por daños ambientales de incidencia colectiva aquellos que produzcan una alteración relevante y negativa del ambiente o sus recursos, y que impliquen un daño inaceptable para la salud humana o el deterioro de un recurso natural que limite su capacidad de regeneración.

Trabajamos para el cuidado del medio ambiente.

¿Cuál es la garantía que brinda esta póliza?

En los casos de siniestros previstos en la cobertura, el límite del Asegurador garantiza la realización de las tareas de remediación o la integración de los fondos necesarios hasta la suma asegurada. Además, la póliza contempla un programa de prevención del riesgo y los procedimientos de seguimiento y actuación ante el conocimiento de un incidente. El Estado (nacional, provincial o municipal) es el asegurado; el titular de la actividad riesgosa es quien contrata la cobertura y afronta el pago de la prima (es el tomador del seguro) y la Compañía que emite la póliza es el asegurador.

TPC ofrece los siguientes servicios para Clientes y Productores Asesores de Seguros, brindado por especialistas en el tema.
  • Análisis integral del riesgo.
  • Asesoramiento comercial, técnico y legal.
  • Capacitación y cursos informativos.
  • Gestiones administrativas.

Contratos de adhesión - Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor

Condicionado de Pólizas autorizado por la SSN